Cuestionario sobre Certificado de Instrucción en Yoga/ 1

2018-09-06

Se abre un nuevo curso para quienes están interesados en formarse como instructores/profesores de yoga. A la redacción de YogaenRed han seguido llegando dudas y preguntas por parte de los lectores que no podemos dejar de satisfacer. Para ello hemos planteado a una asociación y a cinco escuelas especializadas un mismo cuestionario. Hoy abre esta ronda de contestaciones Nélic Gironés, representante de FEDEFY.

Esterilla

Cuestionario YogaenRed
1. ¿Qué desventajas concretas, a la hora de encontrar empleo, tiene un instructor de yoga formado en un centro privado respecto a uno formado en un centro homologado por la Administración Pública?

Actualmente hay que valorar en qué Comunidad nos ubicamos. El yoga se ve afectado por:

A) El Certificado de Profesionalidad a nivel nacional y B) Las leyes que regulan las profesiones del deporte en algunas Comunidades Autónomas.

A.- El Certificado de Profesionalidad que entrega un centro homologado es la titulación oficial de Formación profesional que regula la profesión en el ámbito del yoga (aclaro que no por ello hay diferencias con la gente formada en escuelas tradicionales con conocimientos profundos de yoga), y que se puede también conseguir el Certificado a través de la Acreditación. Sobre la práctica no se detecta ninguna desventaja, y en ambos casos introducimos la obligación de un seguro de responsabilidad civil profesional. Entenderíamos la necesidad de este Certificado ante la posibilidad de una denuncia en algunas CCAA.

B.- En cuanto a las leyes que regulan las profesiones del Deporte, si están aprobadas en la Comunidad en cuestión y se tienen en cuenta, al pertenecer la profesión a la familia de “Actividades físicas y deportivas”, nos vemos en la necesidad de cumplir con esta ley, y lo propio es darse de alta en el respectivo Registro de Profesionales del Deporte. Esto se consigue en posesión del certificado, sea por los propios estudios con Certificado de Profesionalidad o por el proceso de Acreditación.

No tener este Certificado es una desventaja, porque para trabajar en espacios deportivos se pide el registro. Se puede conseguir por otros medios, pero con los estudios certificados es más fácil.

2. ¿Qué significa exactamente el concepto “certificación oficial”?

Es Formación profesional. Si se realizan los estudios en un centro homologado por la Administración, al terminar se recibe un Certificado de Profesionalidad (certificación oficial de técnico superior, nivel 3) con el título “Instrucción en yoga”. Este certificado teóricamente regula la profesión y es el que da derecho a ejercerla. Lo importante del Certificado es que una vez obtenido te puedes registrar en el Registro de Profesionales del Deporte para cumplir con la Ley del Deporte (sin este título hay otras formas, aunque ésta es la más fácil) en la Comunidad Autónoma donde sea obligatorio. Hay muchas CCAA donde no existe este Registro.

3. ¿Cómo saber si un curso es “caro” o “barato”? ¿Qué ha de tenerse en cuenta?

Los precios son libres, y los Cursos de Formación no formal tienen, aproximadamente, precios mensuales parecidos. Pero su precio final depende de la cantidad de horas y la estructura del curso, es decir precio final dividido por horas.

El precio es relativo; lo más importante, desde mi punto de vista, es establecer un vínculo de comunicación/emoción con el formador/a. Ya que el aprendizaje del yoga es siempre una transformación, no un estudio teórico. Y hay que tener siempre en cuenta la experiencia y las conveniencias de quien forma.

4. ¿Debe costar menos una formación por el hecho de que expida un certificado “oficial” o al contrario?

Tendríamos que comparar horas de formación oficial con las mismas horas en formación no formal. Y no es una guerra de precios.

El precio de las escuelas homologadas para entregar el Certificado de profesionalidad puede ser un poco más alto por la carga administrativa que tiene. No obstante, hay alguna escuela dedicada a la formación que está subvencionada para la población que está en paro.

La Formación oficial, a diferencia de la privada, tiene temario y número de horas establecido. Y son 390 horas de estudio según temario, 40 de primeros auxilios y 120 de prácticas globales no remuneradas. Lectivas son en total 390+40 horas.

5. ¿Quiénes eligen al profesorado que forma instructores en los centros homologados?

Lo elige la escuela en base a una normativa que debe cumplir el formador ocupacional para poderlo ser en esa escuela homologada.

Hay cuatro Unidades de Competencia a estudiar. Obviando la de primeros auxilios, en la de “Dominio de las técnicas de yoga” se solicitan tres años de experiencia; en “Programación de las actividades de yoga” se solicitan dos años; y en la de “Metodología de la instrucción en sesiones de yoga”, un año.

Además se tiene que estar en posesión como mínimo de una diplomatura o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Y justificar competencia docente; esto es, ser formador ocupacional, CAP, maestro, pedagogo, psicólogo o títulos equivalentes o tener 600 horas de docencia en centros educativos.

6. ¿Qué asociaciones relacionadas con el yoga están ocupándose de este tema y cuáles son sus objetivos y logros?

Desde hace unos años (septiembre 2012) la Federación Española de Entidades Formadoras de Yoga (FEDEFY) ha tomado información de los diferentes procesos y hace los intentos necesarios para, en contacto con la Administración, estudiar las posibilidades de cambio para esta formación reglada de formación profesional.

En Castilla León se ha creado una Federación a tal efecto, y en Catalunya, que es donde la Administración más ha tenido en cuenta estos cambios, se ha creado la Federació Catalana de Ioga (FCI) para apoyar en lo necesario al profesional del yoga. Los objetivos son: formar en una sala polivalente (en lugar de tres salas), solicitar más años de experiencia para formar y valorar a los formadores con larga trayectoria formando aunque no tengan ninguna diplomatura.

En cuanto a los logros, estamos en ello, ya que hablamos de un Real Decreto, por lo que hemos tenido que esperar cinco años para poder proponer cambios.

7. ¿Cuál es la importancia del número de horas lectivas y quiénes las deciden?

Las horas de formación y los temas que constan en el temario fueron decididos, después de varias transformaciones en las que participaron diferentes expertos en yoga, por la Administración, que quiso acercar la práctica del yoga a una actividad física colocando estos estudios en la familia profesional de “Actividades físicas y deportivas”, subfamilia “Recreativas”.

Ha quedado claro que yoga no es deporte, pero se acerca como actividad física si se práctica cualquier modalidad de Hatha yoga. Debemos tener en cuenta que el yoga ni empieza ni termina aquí, y verdaderamente es un conflicto difícil de solucionar y de ubicar.

Las horas son concretas e imprescindibles:

  • -Principios fundamentales éticos, filosóficos y místicos del yoga. 50 hrs
  • -Asana y pranayama –Secuencias y progresiones (Vinyasa y Karana). 90 hrs
  • -Relajación y meditación, 40 hrs
  • -Análisis diagnóstico y evaluación en instrucción de yoga. 60 hrs
  • -Programación y gestión de recursos en actividades de instrucción en yoga. 60 hrs
  • -Diseño y dirección de sesiones y actividades de yoga. 90 hrs
  • -Primeros auxilios. 40 hrs

-Lectivas 390+40 primeros auxilios, 430 hrs
-Módulo de prácticas profesionales no laborales, 120 hrs

No es comparable a ninguna otra formación.

8. ¿Domina el yoga físico en la enseñanza oficial?

De las 430 horas programadas, solo corresponden 50 horas a principios fundamentales éticos, filosóficos y místicos del yoga. El resto es relajación y meditación, técnicas físicas, análisis, programación, dinamización de la sala, primeros auxilios y 120 has de prácticas. En realidad, el programa sí está enfocado más a la parte física que a la tradición.

9. ¿Cómo se homologan los centros de formación que imparten esta enseñanza?

Los centros que lo pretenden tienen que cumplir con la legalidad vigente en el municipio, disponer de licencia municipal de actividad y unas características de espacio.

Es mucho espacio el que se solicita para Formación profesional, y no es posible normalmente con los centros de yoga actuales. Para formar 15 personas solicitan tres salas de 60 metros y un almacén de 20 metros, más 50 metros de espacios comunes, disponer de todo el material que se enumera en el Real Decreto que regula la formación, que es bastante, y contar con varios formadores ocupacionales titulados. Si se cumple con los requisitos, se solicita la formación profesional en el ámbito del yoga, y pasadas las inspecciones la Administración decide.

10. Breve reflexión final por tu parte.

Quiero comentar que el título de “Instrucción en yoga” solo se puede obtener a través del Certificado de profesionalidad. Las escuelas privadas pueden titular como profesores de yoga, técnicos, monitores, etc.

Este Certificado forma parte del Catálogo Nacional de Profesiones, pero es difícil ubicarlo en todas las Comunidades por igual.

En el ámbito del yoga hay gente a favor y en contra de este Certificado, y es complicada una opinión a favor de todos. Por tanto, que cada cual saque conclusiones de las diferentes formaciones que se ofrecen, dependiendo si aprecia un título, una buena formación, una formación larga, muy corta, etc. Depende de la experiencia y calidad del formador/a.

Nelic Gironès- FEDEFY, Federación Española de Entidades Formadoras de Yoga.
FCI, Federació Catalana de Ioga